El cargo de corregidor resultaba de gran complejidad, pues era necesario que quien lo desempeñase fuese un hombre de carácter para ser fiel a los principios que inspiraban su función y, a la vez, tener un acusado perfil político y diplomático, para no hacer de la sala capitular un campo de batalla. También ser un profundo conocedor de las leyes y de las costumbres locales y manifestar un talante ecuánime en los enfrentamientos entre regidores. Existían momentos en los que, fuese quien fuese el corregidor, le resultaba imposible mantener un equilibrio y cumplir sus obligaciones. Es el caso de los problemas relacionados con la recaudación de impuestos, los abastos, la gestión de los pósitos, el alojamiento de las tropas, el repartimiento de contribuciones extraordinarias o la permisividad respecto a hábitos particulares del Cabildo Municipal que conculcasen gravemente una ley vigente.
El seguimiento de la institución en Cartagena durante el primer cuarto del siglo XVIII nos hace pensar que aquí mantener una postura ambigua era francamente difícil debido a que, tras la Guerra de Sucesión, el equilibrio de poder municipal en una ciudad sitiada, rendida y posteriormente recuperada pasó por entregar las riendas de la ciudad a un colectivo nobiliario que, por oportunismo, supo tras una cierta vacilación apostar decididamente por el candidato borbónico. El grupo de poder se organizó de una forma artificial en torno a la familia Rivera y sus amigos políticos, que pasaron a controlar la Corporación, la milicia local y el Santo Oficio, acaparando incluso regidurías que no les correspondían por herencia. Su labor durante los años difíciles fue de organización de la política, la administración y la guerra.
Para la Corona española lo importante en aquellos primeros años de reinado del monarca Felipe V era, por encima de todo, garantizar la organización política y social, a cambio, las elites de poder locales manejaban la vida del municipio de una forma interesada, apartando del Ayuntamiento, bajo acusación de traidores a la causa borbónica, a familias que tradicionalmente habían formado parte de la oligarquía cartagenera y, en este momento, obstruían los intereses políticos y económicos de la nueva mayoría. En este contexto, los corregidores de la ciudad de Cartagena, especialmente Ayuso, no podían imponer un criterio propio y se dejaban llevar por la inercia del poder.
Cuando la guerra terminó y se hubo consolidado la dinastía borbónica, los nuevos monarcas, especialmente desde el breve reinado de Luis I, pretendieron a través de corregidores independientes y con carácter acabar con la corrupción, los ajustes de cuentas y la confusión entre intereses particulares y públicos. La resistencia de un grupo tan numeroso (estimamos que directa o indirectamente más de la mitad de los regidores y dos tercios de los que acudían habitualmente a las sesiones), bien articulado y con relaciones en todos los frentes hacía a veces imposible la concordia dentro del Cabildo. Así durante años los reyes intentaron todo tipo de fórmulas, sin duda traumáticas, para romper esas tendencias, agravándose el conflicto cuando se confundieron el corregimiento de letras y el de armas, chocando fuertemente la mentalidad castrense de los representantes del Rey con los intentos desesperados de la familia Rivera por mantener oficios, negocios y prominencia. El perfil del corregidor conciliador y mero árbitro de la vida municipal solo se consiguió en Cartagena en la segunda mitad del siglo, cuando se hubo desarticulado con tesón y por ley de vida el grupo de los poderosos y se consolidó la definitiva militarización de la vida cartagenera.
Bibliografía
-Acta Capitular de 25 de mayo de 1714.
-Acta Capitular de 29 de agosto de 1715.
-Bermúdez Aznar, A. 'El corregidor en Castilla durante la Baja Edad Media'. Murcia, 1974.
-Castillo de Bobadilla, I.J. 'Política para corregidores y señores de vasallos'. Amberes, 1704.
-Hernández Franco, J. 'Lorca, 1766: motín oligárquico e inmovilismo frente a las reformas carloterceristas, en Cuadernos de Investigación Histórica nº8'. Madrid, 1984.
-Instrucciones entregadas al corregidor entrante D. Miguel de Rueda en la Corte el 8 de abril de 1715, en relación a su toma de posesión, sus competencias y el juicio de residencia de su antecesor, Pablo de Ayuso.
-Martínez Rizo, I. 'Fechos y fechas de Cartagena'. Cartagena, 1892.